SEAFORMEC Acreditación

C riterios y procedimiento de acreditación de actividades formativas de DPC/FMC 17 IV. ¿Quién puede solicitar a SEAFORMEC/SMPAC® la acreditación de actividades de DPC/FMC? 1. Un Colegio Oficial de Médicos o una de sus Fundaciones. 2. FACME, una de sus sociedades o una de sus fundaciones. 3. Una institución universitaria (facultad, departamento, fundación, instituto, etc.). 4. El Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud o una de sus comisiones. Las Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud (Hospitales, Centros de Sa- lud, etc.), así como las Administraciones sanitarias también pueden solicitar la acredi- tación SEAFORMEC/SMPAC, entendiéndose que acceden a través de la CNECS. También podrán solicitar la acreditación de actividades de DPC/FMC, siempre que adjunten una carta de aval de una de las cuatro instituciones constitutivas de SEAFOR- MEC, otras entidades como, 5. Un médico especialista a título individual*. 6. Una SS.CC . no adherida a FACME*. 7. Un organizador profesional de congresos*. 8. Un promotor o agencia de actividades sanitarias*. 9. Otros proveedores ad hoc* (se examinarán individualmente). En todos los casos, la solicitud debe estar respaldada por un médico colegiado que asuma la “Dirección médica” y la responsabilidad de la solicitud. SEAFORMEC/SMPAC® NO considerará para la acreditación las actividades o eventos en los que el contenido, formato o profesorado esté influenciado por la industria. * Estos promotores deberán adjuntar una carta de aval de una de las cuatro entida- des que constituyen SEAFORMEC.

RkJQdWJsaXNoZXIy ODY0MDA=