SEAFORMEC Acreditación

Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud, CNECS 42 5. Apelación 5.1. Si ambos evaluadores designados por SEAFORMEC/SMPAC® rechazan la soli- citud, el solicitante puede apelar. La decisión de apelar debe presentarse en el plazo de una semana y debe ir acompañada del pago íntegro de la tasa de apelación. El proceso de apelación requerirá otras dos semanas a partir de la fecha en que se recibió la apelación. Para todos los recursos de apelación la tasa será de 50 % del importe de la tasa abonada por la acreditación. 5.2. El mecanismo de la apelación será: z z El Director de SEAFORMEC/SMPAC® (o médico que este proponga) revisará toda la información proporcionada en el formulario de solicitud y cualquier correspondencia adicional añadida. El Director discutirá la solicitud con los dos evaluadores designados por SEAFORMEC/SMPAC®. z z Los tres votarán sobre la Solicitud de apelación, permitiéndose una deci- sión mayoritaria (2:1) para confirmar la acreditación. z z La decisión de apelación de SEAFORMEC/SMPAC® será definitiva.

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